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ANULACIÓN Y RENUNCIA DE MATRÍCULA

Miércoles, 21 Diciembre, 2016

 

- El alumnado, previa solicitud por escrito al centro en el que cursa las enseñanza, con un mes de antelación para la convocatoria de junio y antes del 15 de julio para la convocatoria de septiembre, podrá anular una de las dos convocatorias anuales, sin que ello suponga la pérdida del derecho de matrícula y examen. 

- El alumnado podrá reununciar a la matrícula hasta el 20 de octubre sin necesidad de alegar justificación alguna. La renuncia no computará a efectos de permanencia ni supondrá agotar ninguna convocatoria. La renuncia no comportará el derecho a la devolución de los precios públicos abonados. 

Las causas de anulación de matrícula vienen detalladas en la orden y se le podrá conceder un máximo de 3 anulaciones de matrícula por idioma.

En el archivo adjunto se encuentra toda la información. 

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